Los aeropuertos de Neuquén tendrán salas sensoriales para personas neurodivergentes

La provincia reglamentó la Ley 3463, que obliga a los aeropuertos neuquinos a contar con espacios de regulación sensorial gratuitos. Los ambientes deberán estar ubicados en la planta de embarque y son de acceso libre, con o sin Certificado Único de Discapacidad.
General03/07/2026Redacción AbiertaRedacción Abierta

Los aeropuertos de la provincia de Neuquén deberán contar con espacios físicos especialmente diseñados para la regulación sensorial de personas neurodivergentes. El Gobierno provincial reglamentó este 3 de julio de 2026 la Ley 3463, sancionada en septiembre de 2024, que establece la obligatoriedad de estos ambientes en la planta de embarque de los terminales aéreos neuquinos. El acceso será gratuito y opcional, tanto para las personas neurodivergentes como para su grupo familiar, sin importar la edad ni si cuentan o no con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).

La medida llega en un contexto en que la provincia viene ampliando su marco normativo en materia de inclusión. Hasta ahora, los aeropuertos locales carecían de ambientes específicos para personas con condiciones como el trastorno del espectro autista, el trastorno por déficit de atención con hiperactividad u otras formas de neurodivergencia, que suelen verse especialmente afectadas por los estímulos sensoriales intensos propios de las terminales aéreas, como el ruido ambiente, la iluminación artificial intensa, las aglomeraciones y los cambios abruptos de rutina. La ley había sido aprobada hace casi dos años, pero recién ahora cuenta con la reglamentación que le da operatividad concreta.

La norma fue concebida como una herramienta para garantizar condiciones reales de igualdad, accesibilidad y participación social. Para darle forma operativa, intervinieron distintas áreas del ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, que actúa como autoridad de aplicación: entre ellas, la dirección general de Derecho Convencional y la subsecretaría de Discapacidad y Personas Mayores, dependiente de la secretaría de Bienestar y Desarrollo Comunitario. La reglamentación establece definiciones técnicas, criterios de implementación, estándares mínimos de accesibilidad y pautas de funcionamiento institucional alineadas con el paradigma de derechos humanos vigente.

En cuanto a los requisitos físicos, el artículo 2° de la Ley 3463 precisa que los espacios deben estar identificados de forma visible, ser exclusivos para este uso y estar diseñados para reducir los estímulos sonoros y visuales. Como mínimo, deben cumplir con normativas de diseño universal e incluir iluminación baja, colores neutros, pantalla con información de partidas y arribos de líneas aéreas, pisos plásticos de alto tránsito o similares, juegos sensoriales, auriculares aislantes de ruido y teléfono para solicitar asistencia. El control de ruido, iluminación y temperatura son condiciones ineludibles. Se trata de un estándar que ya existe en algunos aeropuertos del mundo, como el de Dublín o varios aeropuertos del Reino Unido, pero que recién empieza a abrirse paso en Argentina a partir de iniciativas provinciales como esta.

Para los vecinos y vecinas neuquinas que viajan con familiares neurodivergentes, la medida implica un cambio concreto y tangible. El tránsito por un aeropuerto puede representar una experiencia de alto estrés para estas personas: filas, sonidos de megafonía, luces de neón y la incertidumbre de los tiempos de espera son factores que pueden desencadenar crisis sensoriales. Contar con un espacio de retiro equipado con herramientas específicas permitirá que esas familias enfrenten el viaje con más tranquilidad y autonomía, sin depender de la buena voluntad del personal o de soluciones improvisadas. La implementación será progresiva, según lo establece la propia reglamentación, por lo que los plazos concretos de habilitación dependerán de cada terminal aeroportuaria neuquina.

Lo que hay que saber

  • La provincia de Neuquén reglamentó la Ley 3463, que obliga a los aeropuertos neuquinos a habilitar salas de regulación sensorial para personas neurodivergentes, de acceso gratuito y ubicadas en la planta de embarque.
  • El acceso no requiere Certificado Único de Discapacidad (CUD): cualquier persona neurodivergente, sin límite de edad, y su grupo familiar puede usar estos espacios de forma voluntaria.
  • Los espacios deben cumplir estándares mínimos que incluyen iluminación baja, colores neutros, auriculares aislantes de ruido, juegos sensoriales, control de temperatura y pantalla con información de vuelos.

Preguntas frecuentes

¿Mi hijo tiene autismo pero no tiene CUD. ¿Puede usar estos espacios en el aeropuerto?

Sí. La ley es explícita en ese punto: el acceso está habilitado para personas neurodivergentes independientemente de si cuentan o no con el Certificado Único de Discapacidad. No se requiere ningún trámite previo ni acreditación formal para ingresar a la sala.

¿Cuándo van a estar disponibles estas salas en los aeropuertos de Neuquén?

La reglamentación establece una implementación progresiva, lo que significa que los plazos exactos dependerán de cada terminal. Por tratarse de una norma recién reglamentada en julio de 2026, se espera que la autoridad de aplicación, el ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, defina los cronogramas en los próximos meses.

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